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Más de 1.200 niños se encuentran en desamparo y tutelados por la Junta de Andalucía en Sevilla

ABC de Sevilla · 22 de enero de 2006

JAVIER RONDASEVILLA. El caso de Iván y Sara y la indemnización millonaria por parte de la Junta de Andalucía para la madre, sin precedente alguno, ha provocado un verdadero impacto en la sociedad sobre la situación que viven algunos menores que se encuentran en familias de acogida después del desamparo decretado por la Administración.Son los vecinos, a veces los propios familiares o hasta una simple actuación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad (Policía Local, Guardia Civil, Policía Nacional o la Policía Autonómica con sus equipos especializados en menores) los que «alertan» de la situación de riesgo que viven los menores con sus progenitores.Se actúa a instancias en estos casos, aunque también la Delegación puede actuar de oficio con sus técnicos en otras ocasiones. Drogadicción, alcoholismo, delincuencia, prostitución, abandono, malos tratos, ausencia de escolarización y hasta inducción a la mendicidad están detrás de estos casos, y son más de 1.200 los niños que se encuentran en desamparo en la actualidad en Sevilla y su provincia.ActuaciónEl desamparo es un procedimiento administrativo que se inicia por la Junta de Andalucía a través de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social. Al principio, el menor ingresa en un centro hasta que se resuelva la situación.El servicio de protección trabaja en el caso y después de una información previa y los informes que elaboran los expertos llega la actuación. Cuando interviene la Administración y decreta el desamparo, la Junta asume la tutela y guarda y custodia del menor. Entonces ya se ha legalizado la situación.Los bebésSi se trata de un bebé, entrará en alguno de los dos centros que tiene la Delegación, uno en la capital y otro en la provincia. Además, existen «cinco familias» de acogida inmediata o de urgencia para bebés en Sevilla. Pueden estar con el pequeño hasta seis meses, prorrogables por tres meses más en algunos casos como tiempo máximo. Después nunca vuelven a saber de él.Los niños de mayor edad entran en un centro de acogida, hasta que se analiza la situación y se estudia con quién pueden seguir viviendo. En la mayoría de los casos se quedan con algún familiar (tíos, abuelos) o bien entran en el proceso de acogimiento familiar donde existen tres supuestos: simple, permanente y preadoptivo. Este último suele terminar en adopción.El acogimiento puede ser una situación temporal por «algún problema de los padres» o, en el lado más drástico, puede haber imposibilidad de que vuelva el niño -no tiene más familia, han muerto los padres, o no se puede reinsertar el pequeño-, con lo que el menor iría incluso a una familia preadoptiva.En estos momentos el censo de familias acogedoras temporales en Sevilla es de 166. En la mayoría de los casos, los padres biológicos no se oponen al desamparo cuando sus hijos están en centros de acogida atendidos por la Junta, suelen recurrir en los tribunales cuando se enteran y le informan que su hijo o hijos van a ser entregados a una familia preadoptiva.La oposición de los padres a la decisión administrativa de la Junta se plantea en el juzgado de familia y es la autoridad judicial quien resuelve entonces. En estos trámites judiciales incluso empieza a contar la opinión del menor en función de su edad. El Código Civil establece que «antes de autorizar o aprobar cualquiera de los actos comprendidos en los dos artículos anteriores, el Juez oirá al Ministerio Fiscal y al tutelado, si fuese mayor de doce años o lo considera oportuno, y recabará los informes que le sean solicitados o estime pertinentes». Son muy pocos los padres que entregan a sus hijos de forma voluntaria a la Junta. Sólo hubo una docena de casos el año pasado en nuestra provincia.

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